Cuando se trate de personas que no sepan o no puedan firmar, en la diligencia se leerá en voz alta el documento que será firmado por un testigo presentado por el

interesado. De esta diligencia, denominada «firma a ruego», el notario dejará constancia en el mismo documento.

Para las personas con discapacidad visual o que no sepan leer y escribir, el notario leerá en voz alta el documento. Y para las personas sordas, ellos mismos leerán el documento y expresarán su aprobación.

REQUISITOS: (también aplican para diligencias en notarías y escritura pública):

  • Asistir personalmente a la notaría. Excepcionalmente, puede hacerse fuera del despacho notarial.
  • Llevar la cédula de ciudadanía.
  • Llevar el documento privado que se va a firmar.
  • Llevar el testigo cuando así se requiera.

TIEMPO ESTIMADO DE ENTREGA: el mismo día

COSTO: SÍ. Según tarifa notarial.

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